Actualización de Declaraciones Juradas Patrimoniales

Fiscalía de Estado puso en conocimiento los alcances de la Resolución N° 218 publicada hoy en el Boletín Oficial de la provincia y que regirán las condiciones para aquellos sujetos que deban presentar sus actualizaciones en declaraciones juradas patrimoniales.

La norma dispone que, aquellos funcionarios nombrados por la nueva gestión -que presentaron la declaración jurada de inicio-, y que no estén inscriptos en el régimen de impuesto a las ganancias y/o bienes personales, quedan facultados a no presentar nuevamente el formulario. Esto siempre que no hayan registrado modificaciones en su situación patrimonial al corriente año. Si así fuere, deberán presentar el formulario actualizado en la sede de Fiscalía de Estado, San Martín 612 de Ciudad.
El artículo 2 de dicha norma establece que las fechas de actualizaciones de las declaraciones juradas para quienes estén inscriptos en régimen de ganancias y bienes personales deben regirse por lo dispuesto en la Resolución General de Afip 3820/15 y sus modificaciones.

Más de 3500 presentadas
En cumplimiento del decreto 1789/15, la Coordinación del Registro de Declaraciones Juradas y Políticas de Transparencia de Fiscalía de Estado ha recibido más de 3500 formularios. Durante los últimos meses efectuó diversos emplazamientos a la totalidad de incumplidores en la presentación de las declaraciones juradas correspondientes al ejercicio 2015.
De esta forma 180 personas fueron notificadas de diferentes irregularidades con la falta de presentación del anexo 1, el 2 o la elevación del formulario Afip. Entre este grupo también hay faltantes de firmas registradas, por lo que deberán acercarse por el edificio de Fiscalía de Estado (San Martín 612 de Ciudad) a completar su documentación.
Sobre este total, 71 fueron los funcionarios que debían presentar su declaración en 2015 y debieron ser notificados por la no presentación del anexo 1, mientras que otros 93 no lo hicieron con el anexo 2 correspondiente a sus vínculos familiares.
En este grupo también hay 9 sujetos que debieron ser emplazados por presentación incorrecta, teniendo en cuenta que presentaron el formulario Afip, otros dos que elevaron la documentación sin firma y 5 que proporcionaron un formulario incorrecto (262/90).
Fiscalía de Estado recuerda que el incumplimiento de dicha intimación se considerará falta grave de conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 560/73.
Los formularios pueden descargarse de la página web de Fiscalía de Estado, a través de fiscalia.mendoza.gov.ar/declaracionesjuradas/

Ver Res 218-2016_PlazosActualización_DDJJ