EL Sol 12/08 "El fiscal de Estado pide a la Corte debatir la ley minera"

Audiencia pública frenada

El fiscal de Estado pide a la Corte debatir la ley minera

El fiscal de Estado pidió a la Corte que revea la situación de las audiencias. Mientras, un abogado experto en Derecho Minero, comparte la decisión de los magistrados.

La semana pasada el pleno de la Suprema Corte de Mendoza decidió no abrir el debate público sobre la inconstitucionalidad de la Ley 7.722 por considerar que la situación es netamente jurídica. La decisión se tomó por cuatro votos en contra y tres a favor de las audiencias públicas.

Desde su entrada en vigencia en el año 2008, la normativa fue recurrida por empresas mineras que consideran que la legislación va en contra de los que establece la Constitución respecto a la igualdad de derechos.

Tras conocerse la decisión de la Corte, el fiscal de Estado, Fernando Simón, decidió solicitar al máximo tribunal provincial reconsiderar la decisión y avanzar con audiencias públicas. Al respecto señaló: “Inclusive la Corte sacó una acordada en su momento diciendo que las audiencias públicas las piden tres jueces y en la votación en contra de realizar la audiencia cuatro jueces estuvieron en contra y tres a favor, por lo cual nos hemos presentado desde Fiscalía pidiendo que reconsideren”

De acuerdo a la visión del exlegislador, “es un dato importante que Mendoza pueda discutir técnicamente la constitucionalidad de la Ley 7.722 para que quede claro, que las fuerzas de Mendoza puedan hablar, puedan participar y hacerlo en un ámbito de la Corte permitiría un debate menos fanático y con argumentos claros”.

“Desde Fiscalía consideramos que sería muy positivo realizar una audiencia pública en el ámbito de la Corte provincial con este tema, porque es un ámbito donde se pueden dar discusiones un poco más serenas, más técnicas, menos apasionadas, con menos fanatismo, a favor y en contra de la minería y del agua”, resaltó Simón. El actual fiscal vivió en su rol de presidente del bloque oficialista en el Senado la última discusión minera, la cual le bajó el pulgar a los proyectos Hierro Indio y Cerro Amarillo. En esa oportunidad se acusó falta de discusión técnica.

“Desde Fiscalía consideramos que sería muy positivo realizar una audiencia pública en el ámbito de la Corte provincial con este tema, porque es un ámbito donde se pueden dar discusiones un poco más serenas, más técnicas, menos apasionadas”.

Es un tema de puro derecho

Para el experto en Derecho Minero y abogado de algunas de las empresas que solicitan la inconstitucionalidad, Raúl Rodríguez, la decisión de la Corte es acertada.
Fernando Simón.
Destacando que no conoce aún los argumento del fiscal para pedir la revisión de la decisión, y a título personal, dijo: “Estoy muy de acuerdo con la decisión de la mayoría (de los jueces), porque me parece que esta es una cuestión de puro derecho.El objeto de la acción, lo que se lleva a consideración de la Corte, es si está ley es inconstitucional o no, nada más que eso. No se ha ido para saber si la minería es buena o mala, si Mendoza necesita minería o cuanta agua se usa”.

Uno de los referentes jurídicos en materia minera, destacó: “Para definir una cuestión así no hace falta pedir opiniones no técnicas. Inclusive se ha solicitado testimonio a peritos en aquellas cuestiones en que la Corte no está versada. Por lo tanto creo que no es necesario que esto salga de la esfera de lo netamente jurídico”.

Simón, en tanto, opino: Una audiencia permitiría discutir información técnica, precisa y seria sobre las pautas que la ley 7.722 estableció, si es correcta, si las pautas que se establecieron son constitucionales, si establece la igualdad para distintas actividades, como la misma Corte dijo la vigencia de la ley 7722 trasciende el interés de las empresas mineras que plantearon la inconstitucionalidad y entendemos que hay que darle lugar también a que opinen las otras partes”.

En ese mismo sentido, el fiscal de Estado aseguró que Mendoza no puede discutir la minería seriamente sin un debate menos apasionado, pero apuntó a la necesidad de darlo.

“Estoy muy de acuerdo con la decisión de la mayoría (de los jueces), porque me parece que esta es una cuestión de puro derecho”.

Decisión definitiva

Rodríguez señaló que la decisión de la Suprema Corte los tomó de sorpresa y recalcó que este pronunciamiento no significa necesariamente que el tribunal vaya a tomar una decisión sobre el tema de fondo al corto plazo.
Raúl Rodríguez.
“Esta ha sido una decisión soberana de la Corte, ninguna de las dos partes ha pedido que se haga o no se haga una audiencia. Ellos han tomado la decisión en forma soberana. No nos notificaron y ni siquiera nos preguntaron si estábamos de acuerdo. La Corte tomó una decisión por mayoría”, sentenció.

Finalmente, el abogado reiteró brevemente uno de los puntos en los que sustenta el pedido de inconstitucionalidad y que se refiere al derecho de igualdad ante la ley.

De acuerdo al profesional, las sustancias que prohibe la Ley 7.722 “están prohibidas únicamente para la minería metalífera, ni siquiera para la no metalífera, y por supuesto tampoco para las otras actividades industriales”.

Y terminó diciendo: “Si tenemos en cuenta la ley, lo que resulta peligroso para el recurso hídrico son las sustancias, independiente si las usa Pedro, Juan o Javier. Entonces vemos como se discrimina, porque se dice que la minería metalífera siempre va a contaminar, pero si las usa la no metalífera, la vitivinicultura o el petróleo, no son peligrosas”.

Link: El Sol